CONDICIONES CONTRACTUALES DE LOS SERVICIOS
1. El cliente deberá consignar por medio de un cheque o transferencia bancaria, el costo del servicio a nombre del Instituto Dominicano para la Calidad; No. de cuenta 240-015782-5; RNC: 4-30-12831-7.
2. El presente documento puede ser devuelto por correo electrónico o depositado, firmado, en las instalaciones del Laboratorio, en la Calle Paseo Presidente Vicini Burgos # 60 Gascue, Distrito Nacional; adjuntando la consignación del pago y la cotización firmada, señalando los servicios que corresponden al valor de la consignación.
3. La documentación citada puede ser previamente enviada vía fax al número 809-701-6958. El cliente debe confirmar al teléfono 809-537-1281 ext. 105, si la información es legible y suficiente.
4. Las tarifas señaladas no están sometidas al ITBIS. La tarifa establecida contempla la calibración del instrumento en cuatro (4) puntos, para los instrumentos de indicación directa de temperatura; cinco (5), para los de resistencia de platino. El cliente puede seleccionar los puntos de calibración y sugerir puntos adicionales. Cada punto adicional tiene un costo agregado.
5. El cliente debe entregar y recoger los instrumentos en las instalaciones del Laboratorio. El transporte de envío y retorno de los equipos e instrumentos de medición será de responsabilidad del cliente. El cliente debe llamar para confirmar que el equipo está disponible.
6. En el momento de la recepción del instrumento, se realiza una inspección visual, que se limita a la revisión del estado físico del instrumento, limpieza y accesorios. La inspección visual determina si el ítem se recibe o no. En caso de que hagan falta accesorios o de encontrar daños o defectos en los instrumentos, NO se reciben. Si el cliente envía un equipo o instrumento diferente al cotizado el servicio será reprogramado.
7. El cliente tiene la posibilidad de solucionar la no conformidad dentro de un plazo de cinco (5) días hábiles, ya sea, enviando los accesorios faltantes, cambiando el instrumento por uno de similares características o la reparación de este. También pudiera optar por que el Laboratorio intente recuperar el instrumento aceptando las condiciones. En los casos de reparación, se le asigna una nueva programación a la calibración.
8. Una vez realizada la inspección visual y antes de proceder a la calibración, se realiza una inspección detallada en el laboratorio para verificar el correcto funcionamiento del instrumento. En caso de que el equipo presente fallas y no se pueda realizar el servicio, el equipo es devuelto al cliente para que este solucione la no conformidad de acuerdo con lo establecido en el numeral diez (10).
9. El resultado del servicio es un “certificado de calibración”, en el cual se establecen los resultados de la calibración, según el servicio solicitado y las incertidumbres asociadas. El servicio de calibración no incluye ajuste ni mantenimiento.
10. Los servicios de calibración por comparación de termómetros de indicación digital y de líquido en vidrio, se realizarán con la guía del PR-TEM-001 y PR-TEM-002, respectivamente; utilizando como patrones termómetros de resistencia de platino de 100 Ω, números de serie 2901 y 2904.
11. Los servicios de calibración por comparación de termómetros de resistencia de platino se realizarán con la guía del PR-TEM-003; utilizando como patrón un termómetro de resistencia de platino de 25 Ω, números de serie 082.